Las casas niño se definen como un modelo de atención a la infancia de cero a tres años que ofrece un servicio de atención integral y personalizada a un máximo de cinco infantes, reduciéndose a cuatro en el caso de que uno de ellos presente necesidades específicas de apoyo educativo.
Constituyen un recurso con carácter gratuito y las personas usuarias que asistan a dicho servicio deberán estar empadronadas en el ayuntamiento en el que se ubique la casa niño o en un ayuntamiento limítrofe, siempre y cuando no exista en el mismo ningún recurso de atención a la infancia para este tramo de edad.
La atención que presta la persona propietaria de la casa niño no incluye la preparación de alimentos, pero sí el calentamiento de los mismos y también actividades de higiene y otras de tipo educativo. Todo el material relacionado con la higiene no es responsabilidad de la titular, serán las familias las que deban hacer dicha aportación.
Requisitos que deben poseer las titulares
Das titulares
Deben acreditar un correcto estado de salud.
Poseer alguna de las siguientes formaciones: técnico superior en educación infantil, grado en educación infantil o primaria, educación social, psicología o pedagogía.
Deben establecerse como empresarias autónomas o cooperativa de trabajo asociado.
Generales
La casa niño debe ubicarse en un ayuntamiento de menos de 5000 habitantes.
Disponer de un plan de actuación para atender eventuales emergencias.
Tener contratada una póliza de seguro de responsabilidad civil , daños a terceras personas y accidentes.